El acoso sexual sigue siendo un problema en muchos lugares de trabajo de California y de todo el país. El Departamento de Igualdad de Oportunidades en el Empleo y la Vivienda de California define claramente el acoso sexual, que esencialmente incluye a alguien que hace insinuaciones sexuales no deseadas o solicita favores sexuales a cambio de un ascenso profesional o alguna otra recompensa. Independientemente de los detalles, el acoso sexual es ilegal, y las empresas deben tener un plan para hacer frente a estos problemas. Parte de ese plan incluye la formación de todos los empleados de la empresa, de arriba abajo, sobre el acoso sexual y su prevención.
La prevención empieza por la formación
El estado de California exige a las empresas que dispongan de un plan integral de formación sobre acoso sexual. Las empresas que empleen a cinco o más personas deben impartir al menos dos horas de formación en prevención del acoso sexual a los empleados con funciones de liderazgo y al menos una hora a los empleados que no tengan funciones de supervisión. La formación debe impartirse al menos una vez cada dos años, y debe comenzar en los seis meses siguientes a la contratación de un empleado en la empresa o al inicio de una nueva función de supervisor. Los empleados estacionales y temporales suelen seguir un calendario más breve.
En qué consiste la formación
La formación sobre acoso sexual debe abarcar todos los estatutos relacionados con dicho comportamiento. Tanto la Ley del Departamento de Empleo y Vivienda Justos de California como el Título VII de la Ley Federal de Derechos Civiles de 1964 proporcionan definiciones de acoso sexual. La formación también debe incluir la identificación de conductas que podrían interpretarse como acoso sexual, con ejemplos, y debe incluir asimismo las vías que los empleados afectados pueden utilizar para denunciar y hacer frente a dicho trato.
¿Quién imparte la formación?
La formación debe ser impartida por formadores cualificados. Puede tratarse de abogados especializados en derecho laboral, profesionales de los recursos humanos con al menos dos años de experiencia en formación sobre acoso sexual, o licenciados en pedagogía que hayan acumulado al menos 20 horas de formación sobre derecho laboral en el marco del Título VII o de la FEHA.
Aunque los empleadores en California deben proporcionar capacitación para la prevención del acoso sexual a todos los empleados, eso no significa que realmente lo evitará. Desafortunadamente, el acoso sexual sigue ocurriendo con demasiada frecuencia. Aquellos que sienten que han sufrido acoso sexual en el lugar de trabajo puede consultar con un experimentado abogado laboralista de asistencia.