Abogado de Pausas de Descanso y Comidas No Pagadas del Condado de Orange
Abogado de PERIODOS DE ALIMENTACION Y DESCANSO NO PAGADOS en Orange County, CA
SU DERECHO A DESCANSOS RAZONABLES en CALIFORNIA
El Tribunal Supremo de California adoptó recientemente medidas para resolver las oscuridades e incertidumbres comunes en relación con las responsabilidades de los empleadores de proporcionar a los empleados períodos de comida y descanso. En una decisión alcanzada en 2012, el Tribunal Supremo de California aclaró las obligaciones de los empleadores cuando se trata de proporcionar a los trabajadores períodos de descanso adecuados. Aunque se destacaron varios elementos, se esbozaron los requisitos para proporcionar períodos de comida a los empleados no exentos (por hora).
Las principales conclusiones del dictamen del tribunal incluyen que los periodos de comida son necesarios para:
- Libéralos de todo deber
- No interferir en su capacidad para tomarse un descanso ininterrumpido.
- Proporcionarles una oportunidad razonable de tomarse un descanso ininterrumpido de 30 minutos.
Además, el tribunal también dictaminó que los empresarios no están obligados a "vigilar" las pausas para comer, lo que significa que no son responsables de pagar a los empleados que decidan trabajar durante su pausa a menos que supieran o debieran haber sabido que el empleado estaba trabajando durante el periodo de comida. Esta decisión del Tribunal Supremo pone de relieve que el Derecho laboral es un ámbito jurídico muy controvertido, complejo y en constante evolución. También ejemplifica que el gobierno vela por garantizar los derechos y el trato justo de los trabajadores.
Abogados expertos en descansos y comidas no pagadas del Condado de Orange
PERÍODO DE COMIDAS
En California, los empresarios están obligados por ley a proporcionar a los trabajadores no exentos, o por horas, un periodo de comida no remunerado de 30 minutos durante las cinco primeras horas de cada jornada laboral. Los empleados que no trabajen más de 6 horas al día pueden firmar voluntariamente una renuncia por escrito al periodo de comida, renunciando así a su derecho a la pausa de 30 minutos no remunerada.
Además, todos los empleados por hora que trabajen más de 10 horas en un día tienen derecho a un segundo periodo de comida no remunerado de 30 minutos, a menos que firmen voluntariamente una renuncia por escrito específica para el segundo periodo de comida. El incumplimiento por parte del empresario de estos periodos de comida puede dar lugar a que los empleados tengan derecho a una paga extra y puede someter al empresario a posibles sanciones.
PERÍODO DE DESCANSO
Los empleados por horas tienen derecho a una pausa de descanso retribuida de 10 minutos por cada cuatro horas trabajadas o "fracción mayor". Aunque no hay obligación de hacer que las pausas de descanso sean antes o después de los periodos de comida, los empresarios deben tomar medidas razonables para proporcionar a sus empleados periodos de descanso. Cuando no lo hacen, los empleados pueden tener derecho a una indemnización y los empresarios pueden ser objeto de sanciones.
Las leyes sobre periodos de descanso establecen lo siguiente para los trabajadores no exentos:
- periodos de descanso de 10 minutos para los turnos de tres horas y media a seis horas de duración
- Dos periodos de descanso de 10 minutos para turnos de entre 6 y 10 horas
- Y así sucesivamente, según los incrementos de cuatro horas que indica la ley
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